Los propietarios interesados tomarán posesión de sus nuevos terrenos atendiendo al tipo de cosecha y uso que presenten la fincas atribuidas. Los plazos para la toma de posesión son los siguientes:
a) Labradíos sin cosecha pendiente, prados y pastos: el día siguiente al de la publicación del anuncio.
b) Las restantes fincas, en el momento de ser retiradas las cosechas que estuviesen pendientes de recolección en el citado día.
c) Los árboles existentes en las fincas, es recomendable alcanzar un acuerdo entre el aportante y el nuevo adjudicatario.
Los interesados podrán realizar la medición de las nuevas fincas y reclamar la falta de superficie cuando la diferencia sea superior al 2 % entre la cabida real de las nuevas fincas y lo que conste en el expediente de concentración, en el plazo de sesenta días naturales. Será necesario para dicha reclamación presentar el oportuno informe pericial (visado por el Colegio Profesional).
Recomendamos realice la medición de sus fincas para comprobar los posibles errores de superficie.
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